Conflictos potenciales de interpretación entre los poderes Ejecutivo y Legislativo
Breve reseña histórica
En la juramentación de Hugo Chávez como presidente de la República de Venezuela, como se denominaba para aquel entonces, hecho que ocurrió el día 02/2/1999, juró ante la moribunda constitución que impulsaría una nueva y previa consulta y aceptación del pueblo, decidió nombrar una Asamblea Nacional Constituyente que se instaló con los 128 diputados signatarios constituyentistas el día 3/08/1999. Su misión fue elaborar un nuevo ordenamiento jurídico nacional, que debía encaminar a la nación hacia nuevos esquemas de bienestar social, jurídico,económico y político. El pueblo soberano decidió poner fin a la llamada democracia representativa, con su marco jurídico excluyente, que fue la impronta de los gobiernos del pacto de Punto Fijo, se requería conformar una sociedad más justa, de respeto a los derechos fundamentales, humanos y refundar la República democrática del estado de justicia,federal y descentralizada que consolida los valores de libertad coadyuvando a La Paz y la solidaridad.
Elaboración de la nueva Carta Magna
Con la venia del presidente de la República Hugo Chávez , los 128 diputados signatarios, nombrados a través de la Asamblea Nacional Constituyente se instalaron en mesas de trabajo para elaborar una nueva Constitución, ocurrido el día 3/8/1999, después de arduo trabajo y de discusiones previas interactuando con el propio presidente Chávez, para adaptarla a sus requerimientos y demás fines a la convivencia social dentro de un marco jurídico de justicia y de equidad ciudadana, los Asambleísta concluyeron su trabajo cuyo contenido fue de 350 artículos, dividido en nueve capítulos, las disposiciones derogatorias, transitorias y finales , entregadas para la consideración y el ejecútese por parte del ciudadano presidente de la República, como hecho relevante fue el cambio de nombre por el de República Bolivariana de Venezuela, que generó muchas controversias entre los presentes, pero Chávez impuso su autoridad y el 15/12/1999 puso el ejecútese, coincidencialmente al momento de escribir este artículo está cumpliendo 16 años ( 15/12/1999 - 15/12/2015 ).
Primera enmienda constitucional
El presidente Chávez pretendió hacerle una primera enmienda el 15/2/2009 para adaptar a una actitud caprichosa al juego democrático, convocó a un referéndum consultivo y el pueblo se negó y tras protestas con disgustos e improperios del presidente al perder la consulta popular aceptó la derrota, pero inmediatamente optó por otra maniobra a través de la Asamblea Nacional, solicitando una Ley habilitante para legislar por decreto. La Asamblea lo autorizó por un año solo para leyes económicas y con su habilidad que lo caracterizó lo hizo extensivo a todo lo que le vino en ganas. Las leyes habilitantes también fueron solicitadas por Maduro y aprobadas por la Asamblea, ello no ha tenido resultados importante que señalar, solo que la AN se ha dedicado a hacer proselitismo político dentro del hemiciclo y peleas callejeras e insultos al bando opositor. Se olvidaron de que son el poder legislativo, para convertirse en una apéndice del poder ejecutivo de apoyo irrestricto a sus pretensiones Rojo Rojitas.
El Socialismo no acepta derrota
Los Rojo Rojitos culpa a terceros de su propia ineficiencia y cuando han perdido gobernaciones y Alcaldías que ellos consideran emblemáticas y como punto de honor, inmediatamente le imponen una autoridad superior que subordina la labor de la autoridad opositora, obligándola a depender de sus caprichos. Citamos como ejemplo la Alcaldía Mayor de Caracas que fue ganada por el voto popular por Antonio Ledezma, derrotando a Aristóbulo Istúriz, inmediatamente Chávez ordenó por decreto violatorio a la Constitución una autoridad por encima del legítimo alcalde, nombró a Jacqueline Farías , quien desalojo al alcalde del edificio donde funciona la Alcaldía y se instaló ella manejando todas las partidas presupuestarias, al Alcalde Ledezma solo le entregaba escasamente lo correspondiente al pago de la nómina, para inversión jamás le fue entregada. Ledezma se vio obligado a delegar sus funciones y a buscar una nueva sede, en alquiler con pocas comodidades porque no disponía del dinero para pagarla y de paso acusado de rebelión y vilipendio, pagando con Cárcel imputaciones de hechos punibles que jamás ocurrieron. Hoy se le juzga en libertad condicionada como un reo de alta peligrosidad, es un preso político, a quien se le violan sus derechos humanos.
Cuestionamiento a las nuevas autoridades parlamentarias
Como es uso y costumbre del Socialismo a la moda Chavista, el presidente saliente de la Asamblea Nacional, pretende hacer una jugada magistral a la torera, aún no ha asimilado su derrota y pretende mantener su poder hegemónico de por vida, dice que el chavismo llegó para quedarse, pareciera sufrir un trastorno de bipolaridad y dice que establecerá una Asamblea Comunal paralela a las funciones de la nueva Asamblea Nacional. Es propicia la oportunidad para informarle al Sr. Diosdado Cabello que el ente comunal no está contemplado en la Constitución y que si se empeña en crearlo, estaría al margen de la ley y cualquiera de las leyes que pretenda aprobar son irritas. Imposible de que un organismo que no haya sido elegido por el voto popular, pueda pretender legislar como un poder supraconstitucional. Opino que es hora de que el propio TSJ como garante de hacer cumplir las leyes consagradas en la constitución se pronuncie. El próximo 5 de Enero se instala en el hemiciclo legislativo las nuevas autoridades de la Asamblea Nacional y esperamos los venezolanos demócratas, ocurra la toma de posesión sin traumas. La voluntad del pueblo ejercida a través de los recientes comicios debe respetarse, un llamado a subvertir La Paz ciudadana debe rechazarse, es el momento que el poder ejecutivo establezcan puntos de enlaces para trabajar mancomunadamente con el nuevo parlamento, respetando cada quien su ideologías políticas, pero aceptando las recomendaciones para poner en funcionamiento el aparato productivo, las viejas prácticas de un gobierno paternalista que cree resolverlo todo por la vía de la imposición, ya no funcionan, hay que abrir un compás a otras opciones orientadas hacia un crecimiento económico sostenido y uso del dinero de una forma racional.
La Ley de amnistía
No existe la posibilidad del veto presidencial en contra de la Ley de Amnistía sancionada por la Asamblea Nacional. El presidente puede presentar sus observaciones y devolverla al parlamento para que considere las observaciones. Si una vez corregidas las observaciones de rigor, el presidente de la República decide sin justificación alguna no promulgar la Ley, esta acción es considerado como un desacato a la autoridad legislativa, la Asamblea puede hacerlo con la firma del Presidente de la Asamblea y avalado por las dos firmas de los Vicepresidentes.
Si alguna autoridad le conviene abrir espacio para la concertación y el diálogo es al propio poder ejecutivo, hay experiencias en otros países democráticos donde el poder ejecutivo está en minoría en el poder legislativo, pero con un poco de buena voluntad se entienden y aceptan las leyes que coadyuvan a mejorar la calidad de vida de la ciudadanía. El problema radica en el hecho de que la otrora Asamblea era mayoría en los afectos al gobierno y todo se decidía en acuerdos concertados previamente a la convencía del poder legislativo, la opinión opositora en Minusvalía siempre salía derrotada y complaciendo las apetencias de presidente de la República, quien no dudaba ordenar en su publicación en la gaceta oficial.
Nombramientos extemporáneos de Magistrados del Tribunal supremo de Justicia TSJ
El presidente de la extinta Asamblea Nacional pretende pedirle la jubilación prematura a 13 Magistrados del TSJ cuyo labor de acuerdo a la ley, vencen en el 2017 . La intención es negociar su jubilación este fin de año, para incorporar sus reemplazos a nuevos Magistrados afectos al gobierno y blindarse sobre cualquier potencial demanda o imputaciones que pudieran atentar contra los afectos al régimen socialistas temores fundados en la presunta apropiación indebida de la cosa pública. A este respecto los abogados especialistas en el derecho constitucional y administrativo, consideran que no están dadas las condiciones, ven como una especie de revanchismo por parte de la otrora Asamblea, los lapso de postulación y los nombramientos respectivos deben cumplirse y es imposible forzar y acortar el tiempo,esta debe ser materia a considerar para la nueva AN. El periodo de sesiones de la otrora AN finalizó por este año, cualquier intento de nombrar una comisión delegada, carece de fundamento jurídico, no está facultada para poderes extraordinarios, esto no es una ley habilitante que se pueda delegar, voces disidentes le hacen la comparsa a Cabello quien ya feneció su poder omnimodo.
Apertura del periodo de sesiones de la AN año 2016
El próximo 5 de Enero del año 2016, se inicia el periodo de sesiones de la nueva AN, cuyo hemiciclo está representado por una mayoría absoluta de parlamentarios, 112 diputados opositores al régimen, versus 55 diputados oficialistas. El Sr. Diosdado Cabello y grupos minúsculos de personas afectas al gobierno, están incitando a una rebelión para impedir la toma de posesión de las nuevas autoridades que ganaron su diputación y a soliviantar los ánimos a los revoltosos que compra el propio gobierno para subvertir el orden público. Las autoridades militares encargadas de poner orden y cuidar a la ciudadanía deben organizar un operativo de prevención para evitar enfrentamientos. Después el gobierno va a salir acusando a políticos, los culpables de los actos vandálicos y de querer tumbar al gobierno. La prudencia es lo que se aconseja en estos casos y aceptar democráticamente la derrota, la violencia es el arma de los que no tienen razón. si en 17 años de poder, no exhibe el régimen nada positivo, hay que dar oportunidades a otros que lo hagan mejor.
Escrita por Lindolfo Perozo
email perozo.lindolfo@gmail.com
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